La movilidad internacional entre Panamá y la República Dominicana ha dado un paso importante con la entrada en vigor del Decreto Ejecutivo No. 12 de 30 de junio de 2026, mediante el cual el Gobierno panameño eliminó el requisito de visa estampada consular para los ciudadanos dominicanos que deseen ingresar al territorio nacional.
Esta decisión representa una modificación significativa del régimen migratorio panameño, facilita el desplazamiento de viajeros y empresarios, y fortalece las relaciones bilaterales entre ambos países. Sin embargo, también es importante comprender el alcance jurídico de esta medida y las obligaciones que continúan vigentes para quienes viajan a Panamá.
¿Qué cambia con el Decreto Ejecutivo No. 12 de 2026?
Hasta el 30 de junio de 2026, los ciudadanos de la República Dominicana debían obtener una visa estampada emitida por un consulado panameño antes de viajar al país, conforme al Decreto Ejecutivo No. 176 de 23 de noviembre de 2015.Con la entrada en vigor del nuevo decreto, esta exigencia fue eliminada, derogándose expresamente la normativa anterior.
En consecuencia, los nacionales dominicanos ya no necesitan gestionar una visa estampada consular para viajar a Panamá.
Este cambio simplifica el proceso migratorio previo al viaje y reduce los tiempos y costos asociados con la obtención de dicho permiso.
¿Significa que cualquier ciudadano dominicano puede ingresar libremente a Panamá?
No… Uno de los errores más comunes es pensar que la eliminación de la visa equivale a un ingreso automático al país.
Desde el punto de vista jurídico, el decreto únicamente elimina un requisito documental previo al viaje. No modifica las facultades legales del Servicio Nacional de Migración ni de los inspectores migratorios en los puestos de control.
Toda persona extranjera continúa sujeta a la verificación de los requisitos establecidos por la legislación migratoria panameña.
REQUISITOS QUE CONTINÚAN SIENDO EXIGIBLES
La eliminación de la visa estampada no sustituye las demás obligaciones migratorias.
Dependiendo del motivo del viaje y de las circunstancias particulares del visitante, las autoridades podrán solicitar, entre otros documentos:
Pasaporte vigente.
Boleto de salida de Panamá, cuando corresponda.
Demostración de solvencia económica suficiente.
Justificación del motivo del viaje.
Reserva de hospedaje o dirección donde permanecerá.
Cumplimiento de los requisitos sanitarios o de seguridad que puedan encontrarse vigentes.
Cada caso será evaluado individualmente por la autoridad migratoria.
BENEFICIOS PARA EMPRESAS Y EMPLEADORES:
Esta reforma también tiene importantes implicaciones para el sector empresarial, las compañías que mantienen relaciones comerciales con República Dominicana podrán gestionar con mayor facilidad:
· Reuniones corporativas;
· Visitas técnicas;
· Negociaciones comerciales;
· Asistencia a congresos y eventos;
· Desplazamientos temporales de ejecutivos;
· Exploración de oportunidades de inversión.
Es importante recordar que ingresar como visitante no autoriza automáticamente a ejercer actividades laborales remuneradas en Panamá. Cuando exista una relación de trabajo o una actividad que requiera autorización, será necesario cumplir con las disposiciones migratorias y laborales aplicables.
IMPACTO PARA EL TURISMO Y LA INVERSIÓN
La eliminación de la visa estampada puede contribuir al incremento del flujo de visitantes entre ambos países, fortaleciendo sectores como:
· Turismo;
· Comercio internacional;
· Bienes raíces;
· Servicios profesionales;
· Inversiones privadas;
· Intercambio empresarial.
Esta decisión se enmarca en una política migratoria orientada a facilitar la movilidad internacional sin dejar de preservar los controles de seguridad del Estado.
Desde la perspectiva del Derecho Migratorio, el Decreto Ejecutivo No. 12 constituye una modificación específica de los requisitos de ingreso, pero no altera el sistema jurídico que regula la admisión de extranjeros en Panamá.
La potestad discrecional del Estado para admitir o negar el ingreso de una persona extranjera permanece intacta, siempre dentro del marco legal vigente y con observancia de los principios de legalidad y debido proceso.
Por ello, aun cuando desaparece la obligación de obtener una visa estampada, el viajero debe cumplir con todas las condiciones de admisibilidad establecidas por las autoridades migratorias.
En términos prácticos, esta reforma simplifica el acceso al país, pero no elimina los controles migratorios.
RECOMENDACIONES ANTES DE VIAJAR
Antes de programar un viaje a Panamá, es aconsejable:
Verificar que el pasaporte tenga la vigencia requerida;
Preparar la documentación que respalde el motivo del viaje;
Contar con evidencia de solvencia económica;
Revisar las disposiciones migratorias vigentes al momento del viaje;
Obtener asesoría jurídica cuando existan dudas sobre la categoría migratoria aplicable.
Una adecuada planificación puede evitar retrasos, inadmisiones o inconvenientes en el puerto de entrada.
¿Los ciudadanos dominicanos todavía necesitan visa para ingresar a Panamá?
No. Desde el 30 de junio de 2026 dejó de exigirse la visa estampada consular.
¿La eliminación de la visa garantiza el ingreso al país?
No. La autoridad migratoria conserva la facultad de verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales antes de autorizar el ingreso.
¿Puedo trabajar en Panamá con esta facilidad migratoria?
No necesariamente. La eliminación de la visa estampada no sustituye los permisos de residencia ni los permisos de trabajo que exige la legislación panameña para desarrollar actividades laborales.
¿Qué documentos debo presentar al ingresar?
Dependiendo del caso, podrán solicitar pasaporte vigente, boleto de salida, prueba de solvencia económica, reserva de hospedaje y documentación que sustente el motivo del viaje.
Conclusión
El Decreto Ejecutivo No. 12 de 30 de junio de 2026, representa un avance importante en la política migratoria panameña y fortalece la relación entre Panamá y la República Dominicana. Al eliminar la visa estampada consular, se facilita la movilidad de personas y se promueve el intercambio comercial, turístico y empresarial.
Si usted es ciudadano dominicano, empresario o empleador con intereses en Panamá y desea orientación sobre requisitos migratorios, permisos de residencia o autorizaciones de trabajo, contar con asesoría legal especializada le permitirá planificar su ingreso con mayor seguridad jurídica.

Mgtr. Rosa Elvira Navarrete
Especialista en Derecho Migratorio


